¿Es ilegal meter nuestra propia comida en cines?
Toca una tarde de cine, tras consultar la cartelera ya tienes la película elegida, ahora solo falta entrar y disfrutarla.
Y como se prevé larga, pues te has pasado antes por el Carrefour a comprar golosinas y patatas para un regimiento, las que sobren para casa y para otro día.
Ahora bien, ¿es legal introducir comida de fuera en el cine?
Una gran pregunta que nos hemos hecho alguna vez, porque, a decir verdad, todos lo hemos hecho al menos una vez.
En cada vez más salas vemos justo en la entrada, un enorme cartel que dice explícitamente prohibido entrar comida y bebida del exterior a la sala de cine.
Así que si quieres disfrutar de unas palomitas y una Coca-Cola, no te queda más remedio que comprarla en la tienda del cine.
¿O sí?
¿Qué dice la ley al respecto?
Las salas de cine de todo el territorio español acogen su actividad económica al Decreto 86/2013, como “Servicios especiales de restaurante, cafetería y café-bar”.
Por lo que al desarrollar actividad económica como restaurantes si el usuario entra comida de fuera está vulnerando los derechos del establecimiento.
Sin embargo, esto tiene un pero, y es que es un decreto al que deciden acogerse las salas de cine, es de ámbito regional, de las Islas canarias concretamente, no nacional.
Por otro lado, otra queja que ha llegado de los usuarios sobre este tema, tiene que ver con “el contrato” que se establece cuando se compra una entrada de cine.
Y es que al comprar una entrada de cine no hemos adquirido nada relacionado con consumir alimentos, por tanto, una sala de cien no puede acogerse como actividad principal ni económica en ese aspecto.
Como esta polémica viene de lejos, el Ministerio de Sanidad y la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición, en el año 2016 elaboró un informe tras una investigación al respecto.
Según palabras textuales del propio documento, confirman la ilegalidad de esta prohibición de entrada a los cines.
¿Entonces me puedo o no llevar mis propias palomitas al cine?
Te preguntarás.
Según hemos estado viendo, la clave está en si el cine permite o no el consumo de comida dentro del establecimiento.
Sí lo permite, entonces se puede considerar prácticas abusivas contra el consumidor hacerle consumir solo la comida comprada dentro del cine.
Es más, prohibir entrar alimentos del exterior y consumirlos en un establecimiento solo está prohibida en bares o restaurantes ya que su actividad primordial es la venta de estos.
Por tanto, no tendrías que tener ningún problema ni pueden expulsarte de ninguna sala de cine por llevar tu propia comida y consumirla mientras visionas una película.
Ahora bien, es verdad que en muchos casos no conocemos le reglamento ni las leyes y si un acomodador nos lo dice amablemente seguramente dejemos de consumir las palomitas que hemos traído de fuera.